Según fallo judicial, las dos entidades incumplieron la compensación ambiental correspondiente al aprovechamiento forestal en dicho predio.
El Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó sentencia que declaró la vulneración de los derechos colectivos relacionados con el medio ambiente y la existencia de un equilibrio ecológico, por parte del municipio de Tunja y de Corpoboyacá en el predio conocido como Coliseo San Antonio.
El fallo de primera instancia lo profirió el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Tunja, que ordenó lo siguiente:
1. La Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá), como máxima autoridad ambiental en su jurisdicción, en el término de 15 días siguientes a la ejecutoria de esta providencia, si aún no lo hubiere hecho, debe dar apertura a la investigación por infracciones ambientales contra el municipio de Tunja, procedimiento dentro del cual deberá determinar las medidas adicionales de compensación, mitigación y corrección a que hubiere lugar.
2. El municipio de Tunja, en el término máximo de tres meses, contados a partir de la ejecutoria de la sentencia, tendrá que materializar las medidas de compensación ambiental, conforme a las obligaciones descritas en la Resolución No 3720 del 2019, y efectuar el establecimiento de 2.786 plántulas de especies nativas de las siguientes especies:
Agraz, aliso, ciro, cucharo, chicalá, dividivi, gaque, encenillo, espino (Duranta mutisii), eucalipto, laurel, laurel de cera, guayacán de Manizales, mangle, mortiño muelle, sauco, sauce, siete cueros, tuno esmeralda y uva camarona, entre otras, en un predio del propiedad del municipio ubicado en áreas de interés ambiental (franja protectora de cuerpos de agua, drenajes de escorrentía, suelos denudados de vegetación o con procesos erosivos).
3. Efectuado lo anterior, el municipio de Tunja deberá acreditar ante el juzgado el cumplimiento de todas las obligaciones contenidas en la Resolución No 3720 del 2019, mediante la presentación de los informes señalados en el mencionado acto administrativo.
4. La Corporación Autónoma Regional de Boyacá, una vez cumplido el plazo concedido al municipio de Tunja, en virtud de sus deberes de control y vigilancia, deberá enviar al Despacho un informe pormenorizado del cumplimiento de cada una de las obligaciones descritas en la Resolución No 3720 del 2019 y, adicionalmente, el estado de avance y las medidas adoptadas en trámite del proceso sancionatorio adelantado contra el ente territorial
